La necesidad de expansión o contracción de un negocio puede hacer que una empresa requiera poner un pie en el Perú, sin estar del todo operativa. En tales casos, la empresa (o los dueños) podrían tener interés en designar a un representante legal en Perú para que sea la “cara” de su empresa en el territorio nacional.
Las labores de tal representante podrían ser muchas y variadas. En el caso de la expansión de un negocio para acceder a un nuevo mercado, el representante legal estará a cargo de obtener el Registro Único del Contribuyente (RUC), formular el balance de apertura, abrir los libros contables y societarios que corresponda, obtener permisos y licencias, entre otros actos y/o contratos que dependerán de cada negocio en particular.
Por otro lado, tratándose de la contracción o cierre de un negocio, el representante legal podría ser encargado de la liquidación ordenada de la entidad constituida en el país o simplemente ser la cara ante ciertas autoridades (por ejemplo, la tributaria) por un período determinado.
Cualquiera que sea el caso, la debida atención a las labores del representante legal resultan fundamentales para el buen funcionamiento futuro de la empresa o para lograr una salida ordenada y sin sorpresas de nuestro mercado. Es un encargo de confianza.
Ante esta necesidad, los accionistas (o el órgano que corresponda) se preguntarán quién es la persona idónea para asumir tal encargo, cómo designarlo y cuándo hacerlo. A través de estas líneas exponemos algunos factores a considerar en la toma de esta decisión.
¿Quién?
Si el negocio no tiene presencia en el país o está camino a disolverse, es posible que no cuente con funcionarios permanentes en nuestro territorio o al menos que no tenga previsto mantenerlos en la planilla por un período prolongado. Entonces el órgano decisorio correspondiente se enfrentará a la difícil pregunta: ¿a quién debo designar?
Nombrar a un abogado externo de la empresa como apoderado parece una solución obvia a un problema fáctico. Al fin y al cabo, éstos también conocen del negocio y están familiarizados con las preocupaciones de su cliente. Esta ha sido la práctica usual del mercado hace ya un tiempo. No obstante, en épocas recientes se ha visto una creciente reticencia de los abogados externos por asumir cargos de representación como los que mencionamos.
Y no les falta razón. Los abogados tienen que considerar que asumir el cargo de representante legal de un cliente acarrea ciertos riesgos para ellos y para sus firmas de abogados. Algunos de estos son:
- Los riesgos inherentes a la figura del representante legal de una sociedad. Por ejemplo, en el caso del Gerente General o del Liquidador, los artículos 190, 191 y 414 de la Ley General de Sociedades, Ley 26887, regulan la responsabilidad del Gerente General y el Liquidador, y los hacen además solidariamente responsables con el directorio de la empresa. Pese a que los abogados conocen muy bien estas normas, es posible que en muchos casos no cuantifiquen de manera adecuada el riesgo de que asumen. Adicionalmente, el seguro de responsabilidad profesional con el que algunos estudios de abogados cuentan, podría no cubrir o explícitamente excluir los riesgos asociados a estos nombramientos.
- A partir de los Decretos Legislativos 1106 y 1249 y, más recientemente, la Resolución SBS 02351-2023, [KO1] [ML2] los abogados son sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) las operaciones sospechosas de las que tengan conocimiento. Está exceptuada de esta obligación la información protegida por el secreto profesional. Ahora bien, al ser nombrado representante legal, el abogado no sólo estaría actuando como abogado de una empresa o negocio, sino que además él “sería” la cara del negocio o empresa (es, en sentido estricto, un órgano jerárquico de la sociedad). Podría discutirse en tal situación que la información a la que tiene acceso podría dejar de estar protegida por el secreto profesional.
En vista de lo anterior, los asesores legales externos, al actuar como representantes legales de un cliente, podrían estar asumiendo las responsabilidades y los riesgos asociados a la obligación de informar a la UIF sobre operaciones sospechosas bajo las normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAFT).
- Riesgos asociados al cuestionamiento de la calidad y objetividad de sus consejos como producto del conflicto de interés inherente a la figura de un abogado externo con la de un órgano de la empresa o negocio (una persona no puede –ni debe– ser todo a la vez).
Además de los riesgos antes mencionados, el rol de representante legal usualmente trae consigo una serie de responsabilidades administrativas que no son inherentes al abogado externo y, además, en muchos casos, no le son lucrativas; por ejemplo, proporcionar un domicilio fiscal y/o comercial a su representado.
Por éstas y otras razones, cada vez es más frecuente que los abogados externos de una empresa se nieguen a actuar como representantes legales de éstas.
¿Cómo puede ayudar un representante legal profesional? Un representante legal profesional es alguien que, teniendo amplio conocimiento y experiencia en el mundo de los negocios, puede trabajar de la mano con los asesores legales externos de una empresa y actuar como su representante legal. Esta suerte de alianza resulta ventajosa tanto para el cliente como para el abogado, puesto que mitiga los riesgos antes mencionados al abogado y a la firma legal, pero a la vez resulta alguien que –al trabajar de la mano con los asesores externos— puede tener la información necesaria para cumplir de manera óptima con la labor que le es encomendada.
¿Cómo?
El mecanismo adecuado para el nombramiento del representante legal dependerá de la oportunidad de tal nombramiento y el tipo de representante de que se trate.
En el caso de una empresa extranjera que tiene interés en nombrar a un representante legal en la etapa preoperativa de una subsidiaria, el nombramiento podría hacerse en el mismo acto constitutivo de la sociedad. En dicho acto, se le otorgarán al representante los poderes necesarios y convenientes para levantar una sociedad, tales como inscribir a la sociedad en el RUC, abrir los libros societarios, formular el balance de apertura, etc. Si el negocio en Perú va a adoptar la forma de una sucursal u oficina de representación, el nombramiento y los poderes deberán constar en el acta del órgano que corresponda, usualmente el Directorio o la Junta de Accionistas, en donde se decide la creación de la subsidiaria y/o la oficina de representación.
Cuando una empresa está en proceso de retirarse del mercado y requiere nombrar a un liquidador, tal nombramiento deberá constar en el acta del órgano que decida la disolución y liquidación de la sociedad, sucursal u oficina de representación.
En todos los supuestos antes mencionados, si el nombramiento y los poderes son otorgados en el extranjero, deberán ser validados en el país de origen y en el Perú, o apostillados a fin de que puedan quedar inscritos en el Registro de Personas Jurídicas.
¿Cuándo?
El nombramiento y los poderes del representante legal pueden darse en el mismo acto en el que se decide la constitución de la entidad local o en el que se decide su disolución y liquidación. No obstante, si no se hizo la designación del representante legal y el otorgamiento de poderes en tal oportunidad, es posible también realizarlo después. Basta que el órgano jerárquico apropiado tome la decisión y se realicen los trámites requeridos para que el nombramiento y los poderes queden inscritos en el Registro de Personas Jurídicas.
Cómo podemos ayudarlo
AlterEgo brinda servicios de representación legal profesional en Perú. Sus socios son profesionales con amplio conocimiento y experiencia en el mundo de los negocios, habiéndose desempeñado muchos años en firmas de abogados y firmas auditoras de prestigio. AlterEgo tiene el interés y la disposición de trabajar al lado de los asesores externos de empresas para proporcionar una solución a las necesidades de representación de sus clientes y aliviar a estos asesores de los riesgos que asumen al tomar dichos encargos y la carga administrativa que estos representan.
¿Por qué AlterEgo?
Para una empresa que requiere de un representante legal, AlterEgo es la mejor opción, puesto que se trata de profesionales serios, preparados para asumir tal encargo y que tienen disponibilidad permanente para realizar los actos y/o firmar los contratos que se requiera en todo momento.
Para los asesores externos, AlterEgo representa el aliado estratégico ideal, puesto que puede aliviarlos de los riesgos que implica actuar como representante legal de un cliente, está dispuesto a trabajar de la mano con ellos para conseguir los mejores resultados, los aliviará de una carga administrativa poco rentable y, además, al no prestar servicios de asesoría legal, no competirá con ellos por sus clientes. Para conocer más sobre AlterEgo y las soluciones de negocios que ofrecemos, haga clic en el siguiente enlace.
Autora: Mónica Llosa | Agosto 28, 2023